Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0816/2012-CA
Fecha: 31-Oct-2012
iii)
iii) Identificó el precepto legal cuestionado (art. 28.I num. 2 de la Ley de Juegos de Lotería y de Azar), así como las normas constitucionales que se consideran infringidas, (arts. 115.II y 117.II de la CPE), expresando claramente la relevancia y vinculación que tendrán en la decisión del proceso, así como la supuesta vulneración de su derecho al debido proceso y principio de seguridad jurídica.