SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1612/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1612/2012

Fecha: 01-Oct-2012

III.4. Análisis del caso concreto

         De la documentación que informan los antecedentes del proceso, se evidencia que Ricardo Huayhua Fernández, hijo de la ahora accionante, el 9 de julio de 2012 interpuso apelación incidental contra la Resolución 251/12 de 6 de mismo mes, que resolvió la consideración de la cesación a la detención preventiva, ante la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal de El Alto, que por decreto de 10 del mes y año referido, se dispone que se remitan actuados pertinentes al Tribunal ad quem, recién el 27 del mismo mes y año son remitidos los actuados, según nota de cargo que corresponde.

En tal sentido, ante el incumplimiento de la respectiva remisión por parte de la autoridad demandada, es decir Dina Larrea López, titular del Juzgado Tercera de Instrucción en lo Penal de la ciudad de El Alto resulta evidente que la misma incumplió el principio de celeridad ocasionando la dilación indebida en la remisión del recurso de apelación incidental ante el Tribunal de alzada, omitiendo realizar la remisión respectiva en el plazo improrrogable de 24 horas, por lo que conforme a lo indicado en el Fundamento Jurídico III.2, la Jueza demandada con su falta de accionar provocó que la situación jurídica del hijo de la accionante no esté definido, ya que mediante el recurso de apelación se buscaba definir de manera inmediata la misma; consecuentemente, corresponde otorgar la tutela con relación a la celeridad.