SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1653/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1653/2012

Fecha: 01-Oct-2012

a)

Herlan Terrazas, mediante su abogado, en audiencia pública que cursa a fs. 23 y vta., señaló que: a) La acción de libertad presentada no tiene ningún sustento jurídico, puesto que el Código Procesal Constitucional señala que al interponer esta acción se debe demostrar objetivamente lo acusado, lo que no ocurrió; b) Se indicó que los cabecillas hubieran dispuesto la expulsión y destrucción de las viviendas, empero, se advierte que las dos viviendas están intactas; c) Tampoco demostraron que están impedidos de su libre locomoción conforme señala la Ley de Organización Judicial, que establece el principio de la verdad material, que no ocurre en el presente caso; y, d) Finalmente, solicitó denegar la tutela impetrada, con costas.