SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1721/2012
Fecha: 01-Oct-2012
I.1.1
El 22 de febrero del año en curso, a horas 21:00, al retornar a su casa fue abordado en vía pública, por el policía “Ramiro Choque”, quien lo aprehendió sin exhibirle ninguna orden o citación, para posteriormente conducirlo a dependencias de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), donde lo ingresaron a la carceleta, exhibiéndole recién la orden de aprehensión emitida por el Fiscal de Materia, Moisés Díaz Vedia, de acuerdo a los arts. 224 y 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP), dentro de un proceso por la supuesta comisión del delito de robo agravado, causándole sorpresa por la sindicación de que era objeto, convirtiéndose en una víctima de la persecución maliciosa por funcionarios de la FELCC y del Ministerio Público, a lo que se suma que luego a horas 1:00 de la madrugada del 23 de igual mes y año, le entregaron una citación para que se presente a la Fiscalía a horas 8:10, la que rehusó firmar ante la negativa de dejarlo en libertad.
- acción de libertad
- I.1.1
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- Fragmento 11
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.3.
- Fragmento 14
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegar
- CONFIRMAR