AUTO CONSTITUCIONAL 0840/2012-CA
Fecha: 07-Nov-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 4 de octubre de 2012, cursante de fs. 19 a 25, la accionante manifiesta que las Resoluciones Normativas de Directorio 10-0012-11 de 20 de mayo y 10-0022-11 de 18 de agosto ambas de 2011, violan el “derecho al debido proceso y a la defensa”, toda vez que las mismas no prevén la posibilidad de presentar impugnación alguna sobre la decisión asumida por el SIN y niegan que el contribuyente pueda presentar los descargos correspondientes para que puedan valorarse correctamente.
Finalmente la accionante señala que, “cuando un contribuyente no ha conocido de las actuaciones de la Administración Tributaria porque ésta no le ha hecho conocer conforme a Ley el inicio, el trámite y la conclusión del procedimiento de fiscalización y determinación, no se puede considerar que los actos administrativos sean válidos y produzcan los efectos jurídicos que normalmente producirían si se los hubiera realizado con apego a la Ley”.
- Mayra Ninoshka Mercado Michel,
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.2. De la acción de inconstitucionalidad concreta
- c) Cuando carezca en absoluto de fundamentos jurídico constitucionales que justifiquen una decisión de fondo”
- II.4. Análisis del caso concreto
- la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la norma con la decisión que deba adoptar la autoridad judicial o administrativa, es decir, que dicha decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal
- RATIFICAR