Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0853/2012-CA
Fecha: 14-Nov-2012
rechazado
Consiguientemente, la acción de inconstitucionalidad concreta que se diluida, cumple con las condiciones previstas en los arts. 24.I y 79 del CPCo.; de manera que, se llega a la conclusión que la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego-AJ, al haber rechazado la presente acción, no obró correctamente.