AUTO CONSTITUCIONAL 0872/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0872/2012-CA

Fecha: 28-Nov-2012

I.1. Antecedentes

Por memorial de 12 de noviembre de 2012, cursante de fs. 25 a 27 vta., el recurrente manifiesta que, según el acta de posesión de 7 de diciembre de 2003 asumió funciones la Directiva de la Sociedad Mutual y de Beneficencia “Obreros de la Cruz” donde fueron elegidos, conforme a los arts. 103 y 124 del Estatuto de la mencionada Institución, Alfonso Quint Jove, Alberto Zorrilla Sossa, Freddy Herrera Peralta, Porfirio Miranda Morales, Ana María Mercado Gemio, Franklin             Herrera Michel, Grover Calderón Mendoza, Ilse Lozano, María del Pilar Lavadenz Barrios, Yolanda López Salinas y Patricia Chávez Gemio; Sin embargo, dicho directorio de acuerdo al art. 12 del mismo cuerpo normativo, debió permanecer en funciones dos años a partir de su posesión no pudiendo ser reelectos por ningún motivo, de manera que el Directorio se mantuvo vigente hasta el 7 de diciembre de 2005, pese a no haberse realizado asamblea alguna, ampliaron el periodo de funciones, hasta la fecha, confirmando la violación del artículo referido.