II.3. Del motivo de la disidencia
En el presente caso, los accionantes denunciaron la conculcación de su derecho a la propiedad privada, a la posesión, al trabajo, a la “seguridad jurídica” y al debido proceso, en razón a que los demandados invadieron ilegalmente sus terrenos de propiedad ubicados en el municipio de Montero en inmediaciones a la carretera a Portachuelo, ingresando violentamente para sacar sus vehículos, chatas y enseres personales que allí tenían e incluso robando los materiales de construcción, asentándose luego con carpas y casas precarias de madera de barro con techos de “motacú” y calaminas, situación que fue acreditada; sin embargo, dando mayor peso al memorial de 6 de abril de 2011, presentado por Humberto Ignacio Céspedes y Wilson Morales Cuellar, Presidente y Secretario de Seguridad Ciudadana de la Junta Vecinal “Virgen de Guadalupe” que denuncian fraude procesal, equivocadamente se arribó a una errónea conclusión que ameritó la revocatoria de la Resolución de 28 de mayo de 2010 y consecuente denegatoria de la tutela solicitada.
- I.- ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- REVOCA
- II.1. Del derecho de propiedad
- ejercer otras acciones en defensa de su propiedad
- Bolivia es un Estado pacifista, que promueve la cultura de la paz y el derecho a la paz
- II.3. Del motivo de la disidencia
- la medida de hecho no se encuentra debidamente acreditada
- APROBAR
