SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2088/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2088/2012

Fecha: 08-Nov-2012

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Virginia Janeth Crespo Ibáñez, Presidenta de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justica de La Paz, mediante informe oral en audiencia manifestó que en la audiencia de apelación de la medida cautelar en ningún momento se habló de la duración máxima del proceso, por el contrario, se señaló que la fianza económica impuesta fue excesiva, y no se habría tomado en cuenta la precariedad en la que vive el imputado; sin embargo, no fue demostrado ese extremo, así como en cualquier momento del proceso puede ser modificada aquella medida, conforme al art. 250 del CPP, no siendo posible ser beneficiado con la tutela planteada, menos disponer su libertad.