SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2315/2012
Fecha: 16-Nov-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En el Juzgado Primero de Instrucción Mixto de Montero, se radicó el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Carlos Marcelo Hurtado Becerra y Luis Castellón Pedraza, por la presunta comisión del delito de abigeato, en el cual existió una serie de irregularidades y vulneración al derecho a la libertad de sus representados.
Puesto que de la revisión del cuaderno procesal, se evidencia que no cursa la Resolución que dispuso la detención preventiva de Carlos Marcelo Hurtado Becerra y Luis Castellón Pedraza el 22 de noviembre de 2010, paradójicamente se encuentran los mandamientos de detención preventiva, donde señala que los mismos se emitieron en cumplimiento al Auto de la misma fecha, el cual es inexistente, al igual que el acta de consideración de medidas cautelares y las notificaciones, siendo una situación por demás irregular que data desde hace más de cuatro meses.
Por lo que considera que Hirma Muñoz Colque, Jueza Primera de Instrucción Mixto de Montero, habría dispuesto la detención preventiva de Carlos Marcelo Hurtado Becerra y Luis Castellón Pedraza, sin la emisión de una Resolución fundamentada y motivada en contraposición a lo establecido por el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), emitiendo los mandamientos de detención preventiva, sin fundamento legal, violentando normas procedimentales de cumplimiento obligatorio, por lo que sus representados estarían siendo indebida e ilegalmente procesados y detenidos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación
- a)
- denegó
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR