SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2347/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2347/2012

Fecha: 16-Nov-2012

1)

Ignacio La Fuente, Juez Técnico del Tribunal Tercero de Sentencia Penal, del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz, en audiencia, señaló: 1) La resolución de medidas cautelares dictadas puede ser apelada mediante recurso de apelación pudiendo ser impugnadas inmediatamente de notificados con la misma; 2) La Resolución 28/2011 de 18 de marzo, que dispuso la condena de quince años contra el ahora accionante, emitida por todos los miembros del Tribunal, establecieron que existía riesgo de fuga; 3) Siendo la misma revocable, por lo que si cree que se vulneraron sus derechos puede apelar; y, 4) La decisión del Tribunal se encuadró a la norma y no vulneró ningún derecho, por lo que pidió que se desestime la petición de la acción de libertad.

  CONFIRMAR la Resolución 03/2011 de 11 de abril, cursante de fs. 20 a 22, pronunciada por el Juez Tercero de Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz, y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración de que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.