AUTO CONSTITUCIONAL 0897/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0897/2012-CA

Fecha: 18-Dic-2012

SUBSANAR

La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 26.II del Código Procesal Constitucional, dispone                            que el recurrente en el plazo de cinco días, deberá SUBSANAR la deficiencia formal observada, caso contrario se tendrá por no presentado el recurso.