Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2012-CA
Fecha: 27-Feb-2012
SUBSANAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año y los arts. 31 inc. 2) y 32 de la LTC, dispone: SUBSANAR en el plazo de diez días las deficiencias formales observadas, con el advertido de que ante su incumplimiento, se tendrá por no presentado el recurso.