AUTO CONSTITUCIONAL 0230/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0230/2012-CA

Fecha: 30-Mar-2012

I.2. Respuesta a la acción

Habiéndose corrido en traslado mediante providencia de 22 del mismo mes y año, cursante a fs. 6, Casimiro Arecahua Mamani y Mario Ali Velarde en representación de la “Asociación de Artesanos Orfebres y Ramas Anexas Juan XXII”, por escrito de 25 del mes y año mencionado (fs. 8 y vta.), respondieron al incidente de inconstitucionalidad, señalando que, el citado recurso es ambiguo y sin fundamento alguno, pues lo único que pretendía el demandado era evadir su responsabilidad penal evitando someterse al proceso penal, interponiendo una serie de incidentes que constituyen una “mera chicana”.