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    AUTO CONSTITUCIONAL 0247/2012-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0247/2012-CA

    Fecha: 30-Mar-2012

    Fragmento 9

    En consecuencia, la autoridad administrativa consultante, al haber rechazado el referido incidente, obró correctamente; consiguientemente, ante el incumplimiento de los requisitos de admisibilidad que resultan ser de inexcusable cumplimiento, corresponde el rechazo del incidente, por carecer en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.

    • consulta
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • rechazó
    • I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.2.  Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
    • cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos
    • 1)
    • II.4.   Análisis del caso concreto
    • Fragmento 9
    • APROBAR

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