AUTO CONSTITUCIONAL 0247/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0247/2012-CA

Fecha: 30-Mar-2012

II.4.   Análisis del caso concreto

          Sin embargo, de los antecedentes del recurso, se observa que la incidentista no precisa la relevancia que tendrán las normas legales impugnadas en la decisión del proceso, concluyendo que su pretensión no cumple los requisitos para el análisis de fondo, como se tiene explicado la interposición del incidente de inconstitucionalidad tiene el propósito la depuración del ordenamiento jurídico del Estado de una disposición legal contraria a los principios, valores y derechos establecidos en la Ley Fundamental y que la misma no sea aplicada en la decisión final del proceso judicial o administrativo del cual emerge el incidente de inconstitucionalidad. Tampoco se sustenta jurídicamente la vinculación de los preceptos legales cuestionados con los derechos que se estiman lesionados.