Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0247/2012-CA
Fecha: 30-Mar-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
La recurrente dentro del proceso de responsabilidad por la función pública seguido en su contra, por memorial presentado el 4 de mayo de 2009, cursante de fs. 9 a 10 vta., interpuso recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad -hoy acción de inconstitucionalidad concreta-, manifestando que dejó de ser funcionaria pública, por lo que no son aplicables las sanciones establecidas en el art. 29 de la Ley de Administración y Control Gubernamentales (LACG).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos
- 1)
- II.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 9
- APROBAR