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    AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2012-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2012-RCA

    Fecha: 24-Abr-2012

    forma son los establecidos en los parágrafos 1, 2 y 5,

    En consecuencia y siguiendo la jurisprudencia constitucional y aplicando el art. 77 de la LTCP, tenemos que los requisitos de forma son los establecidos en los parágrafos 1, 2 y 5, requisitos subsanables y     los requisitos de fondo son los señalados por los incisos 3, 4 y 6 de dicha norma, los que conllevan a un rechazo in limine.

    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • Resolución 01/2012
    • Fragmento 3
    • Fijar con precisión la tutela que se solicita para restablecer los derechos o garantías restringidos, suprimidos, amenazados o vulnerados.
    • forma son los establecidos en los parágrafos 1, 2 y 5,
    • no se cumple con los requisitos de fondo de la acción de amparo constitucional
    • APROBAR

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