Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0303/2012-CA
Fecha: 09-Abr-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010 modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, dispone APROBAR la Resolución 794/09 de 27 de noviembre de 2009, cursante de fs. 293 a 296, pronunciada por el Concejo Municipal de Sucre; y, en consecuencia RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad interpuesto por Aydeé Nava Andrade.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Naturaleza jurídica del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- II.5. La suspensión y destitución de autoridades municipales
- la determinación de suspender temporalmente a un concejal
- APROBAR