Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0317/2012-CA
Fecha: 09-Abr-2012
2º
2º Mediante provisión citatoria, póngase la presente acción de inconstitucionalidad abstracta a conocimiento del Presidente del Órgano Electoral Plurinacional, como personero del órgano que generó las normas administrativas impugnadas, de conformidad a lo dispuesto por el art. 106 de la LTCP, a efecto de su apersonamiento y formulación del informe que corresponda en el plazo de quince días a partir de su citación.