AUTO CONSTITUCIONAL 0317/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0317/2012-CA

Fecha: 09-Abr-2012

a)

El accionante interpuso acción de inconstitucionalidad abstracta, solicitando se declare la inconstitucionalidad de las RRAA Directivas 30/DP MUN 2010 y 031/DEP MUN 2010, ambas de 8 de abril emitidas por la entonces Corte Nacional Electoral, y se disponga: a) La plena vigencia y absoluta aplicabilidad del art. 38 en sus incisos c) y d) de la LRET con relación a la distribución de escaños para asambleístas departamentales; b) La vigencia de la Ley 002/2010 que eleva a rango de Ley la Resolución de Sala Plena de la CNE 45/2010 de 5 de febrero; c) Se revoque y se mantenga en suspenso la vigencia legal de las credenciales otorgadas por la antes Corte Nacional Electoral a todos aquellos asambleístas que inconstitucionalmente fueron beneficiados por la distribución de escaños en los departamentos de La Paz, Cochabamba, Chuquisaca, Oruro y Potosí, en tanto se resuelva mediante Sentencia Constitucional el presente recurso; y, d) Se declare, la inaplicabilidad de las RRAA Directivas 30/DP MUN 2010 y 031/DEP MUN 2010.