AUTO CONSTITUCIONAL 0363/2012-CA
Fecha: 16-Abr-2012
rechazó
Por Resolución “J4º” 005/2012 de 16 de marzo, cursante de fs. 95 a 97, pronunciada por la Jueza Primera Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria de la ciudad de La Paz, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, con los siguientes fundamentos: a) Los accionantes no han especificado cuál la relevancia de la norma impugnada en la decisión final del proceso; es decir, en que medida la disposición legal impugnada ha de ser aplicada; b) La norma impugnada si bien establece un requisito para su admisión, sin embargo no se aplicará en la resolución del proceso, sino una cuestión incidental o accesoria a la presentación de la demanda como es en su admisión; y, c) La competencia de la autoridad consultante no se encuentra abierta, por no haberse admitido la demanda contencioso tributario.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- aplicables a aquellos procesos.
- 3.
- a)
- procederá en los procesos judiciales
- se evidencia que la demanda de inconstitucionalidad fue presentada en plena etapa investigativa, esto es antes de que se tenga conocimiento ya sea de la imputación formal o de la resolución de rechazo de la querella interpuesta en contra de los ahora solicitantes del incidente de inconstitucionalidad, lo que significa que ha sido planteada sin que aún exista proceso penal,
- APROBAR