Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0483/2012-CA
Fecha: 27-Abr-2012
a)
Por decreto de 12 de noviembre de 2009, cursante a fs. 11 se corrió en traslado el recurso presentado, y mediante memorial de 19 de noviembre de 2009, cursante a fs. 14 y vta., fue respondido por Marcelina García Daza, bajo los siguientes argumentos: a) El recurso no cumple con los requisitos exigidos por el art. 60 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); y, b) El Juez de la causa actuó de forma correcta al disponer que la excepción será resuelta en juicio.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- 3.-
- II.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 10
- APROBAR