AUTO CONSTITUCIONAL 0483/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0483/2012-CA

Fecha: 27-Abr-2012

rechazó

Por Resolución de 23 de noviembre de 2009, cursante a fs. 15 y vta., el Juez de Sentencia   Segundo   de   la   ciudad   de   Santa Cruz, rechazó el incidente de inconstitucionalidad suscitado, con los siguientes fundamentos: 1) La imputada no tiene legitimación para presentar el recurso, pues el único legitimado es el juzgador; 2) De acuerdo al art. 59 de la LTC, el  recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, procede contra una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial, presuntamente inconstitucional, y dentro del caso en análisis se cuestiona providencias judiciales, que cuentan con otros mecanismos de impugnación; 3) El incidente carece de fundamentación, siendo un mecanismo de dilación; y, 4) Los decretos impugnados de inconstitucionales no tienen relevancia en la resolución final del proceso.