AUTO CONSTITUCIONAL 0514/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0514/2012-CA

Fecha: 27-Abr-2012

rechazó

El Alcalde del Gobierno Municipal Autónomo de Santa Cruz de la Sierra, por Resolución Ejecutiva 191/2010 de 6 de julio (fs. 1 a 4), rechazó con los siguientes argumentos: a) La ley, decreto o resolución de cuya constitucionalidad se duda debe ser aplicada a la decisión final del proceso, lo que se busca es que en la resolución del mismo no se aplique una norma inconstitucional; b) La norma prevé el contenido ineludible del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad el cual contendrá la mención de la ley, decreto o resolución no judicial cuya inconstitucionalidad se cuestiona y su vinculación con el derecho que se estima lesionado; el precepto constitucional que se considera infringido; y la fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma legal en la decisión del proceso; y, c) Respecto al contenido del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, el art. 60 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) y la jurisprudencia sentada por el Tribunal Constitucional, claramente señala que se debe establecer la vinculación o relevancia del precepto impugnado con la decisión final a adoptarse, que en este caso se trata de un recurso jerárquico.