AUTO CONSTITUCIONAL 0518/2012-CA
Fecha: 27-Abr-2012
i)
En el caso de autos, compulsados los antecedentes aparejados al expediente, se ha verificado que en el presente recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, cumplieron con los requisitos y condiciones para su admisibilidad y procedencia; por cuanto: i) Interpusieron el presente recurso de inconstitucionalidad en análisis dentro del proceso administrativo originado a consecuencia de la RA JDT-CBBA 021/09, por el que se reconoció al Directorio del Sindicato de Trabajadores de ENDE- Cochabamba; ii) El incidente de inconstitucionalidad fue presentado ante el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, antes de emitirse la RM 676/09 que resolvió el recurso jerárquico interpuesto por los hoy recurrentes; iii) Identificaron con claridad el precepto legal cuestionado (arts. 1 y 2 del DS 12097), así como las normas constitucionales que se consideran infringidas (13.I; 48.I y II; 51.I y IV; 109.I y II y 410.I y II de la CPE), expresando además su vinculación con los derechos que estiman lesionados; y iv) Expresaron la duda razonable sobre la inconstitucionalidad del precepto legal que se impugna, haciendo referencia a la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la misma y la decisión que se adoptará a momento de resolverse el recurso jerárquico, por lo que el incidente de inconstitucionalidad formulado cumple con las condiciones de admisibilidad.
Finalmente, cabe referir que la justicia constitucional debe ser amplia y procurar por todos los medios el acceso de todas las personas a la jurisdicción constitucional evitando filtros innecesarios y formalismos, que dificulten y obstruyan ejercen el resguardo eficaz de los principios, valores y derechos proclamados en la Constitución Política del Estado.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos.
- i)