SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2012

Fecha: 27-Abr-2012

III.3. Sobre el caso analizado

Respecto al caso en análisis, el accionante presentó una anterior acción de libertad contra el mismo Juez ahora demandado, así mismo a la Fiscal asignada al caso investigado también a un efectivo policial, proceso que una vez resuelto, por el Juez de garantías, quien determinó “conceder” la tutela sólo respecto al Juez demandado, y denegarla contra los otros dos demandados.

No obstante dicha decisión, y bajo los mismos argumentos presentados en la acción de libertad registrada bajo el número 00075-2012-01-AL el accionante, activó nuevamente la vía constitucional presentando la acción ahora revisada, que contiene exactamente la misma redacción que el memorial de la anterior acción de libertad, existiendo identidad de objeto sujeto y causa, dado que en ambas solicitó cese la custodia a la que se encuentra sometido en el centro de salud donde está hospitalizado, librándose el respectivo mandamiento de libertad, debido a una orden de aprehensión emanada por la Fiscal asignada al caso que una vez puesto bajo el control de la autoridad jurisdiccional demandada, este no llevó a cabo la audiencia de medidas cautelares dentro de las veinticuatro horas, transcurriendo más de cinco días sin determinar su situación jurídica; en ese contexto, se hace inviable ingresar al análisis de fondo de la presente acción tutelar, pues se hizo un uso desmedido de dicha acción en busca del mismo fin bajo los mismos argumentos esgrimidos en una anterior acción de libertad. 

En conclusión, teniendo en cuenta los antecedentes del caso y la jurisprudencia aplicable al mismo, no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, toda vez que la  acción de libertad establecida en el art. 125 de la CPE. En esa lógica, considerando que el expediente 0075-2012-01-AL, fue resuelto con anterioridad por un Tribunal de garantías y en revisión por el Tribunal Constitucional Plurinacional TCP, quien emitió la SCP 0066/2012  de 12 de abril, al respecto consiguientemente debe ser resuelto analizando el fondo de la problemática planteada y no así el presente, pues tal como se manifestó precedentemente, esta acción de libertad fue presentada posteriormente a la citada líneas arriba, con identidad de objeto, sujeto y causa.