AUTO CONSTITUCIONAL 0002/2012-ECA-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0002/2012-ECA-CA

Fecha: 07-May-2012

1.-

El recurrente señala en memorial de enmienda, complementación y aclaración que: “1.- Si el Auto Constitucional de rechazo dictado admite recurso de reposición o recurso legal alguno para modificar el mismo o admite algún recurso que se encuentre en la jurisprudencia constitucional, o no admite ningún recurso. 2.- Si existiera algún recurso que se aclare y complemente el plazo para interponerlo. 3.- Si la emisión del Auto Constitucional se han agotado las vías a nivel nacional en relación al RDN interpuesto” (las negrillas fueron añadidas).