Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0041/2012-RCA
Fecha: 14-May-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El accionante estima vulnerada la garantía de la seguridad jurídica y al debido proceso; sin embargo, al haber sido declarado improcedente in limine por el Tribunal de garantías, corresponde, que la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.