AUTO CONSTITUCIONAL 0547/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0547/2012-CA

Fecha: 08-May-2012

Fragmento 8

        De la revisión de los antecedentes, y de la lectura del memorial, se advierte que el mismo carece de fundamento jurídico constitucional, pues no se explicó los motivos o razones de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión final del proceso, más aún, cuando el proceso ejecutivo, dentro del cual, se planteo el recurso se encuentra en estado de ejecución de sentencia, incluso habiéndose librado mandamiento de desapoderamiento (fs. 5); es así, que la Resolución ya se encontraba ejecutoriada y con calidad de cosa juzgada; vale decir, en fase de ejecución de sentencia, habiendo la incidentista dejado precluir la oportunidad de formular este recurso en el marco del art. 61 de la LTC., de manera que no se presenta el requisito exigido por el art. 59 de la referida Ley; es decir, que no existe pendiente de emisión ningún fallo o resolución que dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del precepto legal cuestionado.