AUTO CONSTITUCIONAL 0554/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0554/2012-CA

Fecha: 08-May-2012

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Por memorial presentado el 22 de agosto de 2009, cursante de fs. 23 a 25 vta., solicitaron promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad          hoy -acción de inconstitucionalidad concreta-, dentro del proceso interdicto de recobrar la posesión seguido por Ángel Zabaleta Tovar, habiendo presentado recurso de apelación contra la sentencia que vulnera sus derechos y garantías constitucionales como la tutela judicial eficaz, principio pro actione e informador del ordenamiento jurídico, pro homine y favorabilidad.

Alegan que el art. 595 del CPC, vulnera los principios al debido proceso reconocido en el art. 115 de la CPE, a la justicia y de impugnación porque impide el acceso a los recursos, imponiendo una formalidad excesiva, otorgando el plazo de tres días para presentar un recurso ordinario y limitando la posibilidad de presentar otro recurso ante el Tribunal de alzada, de esta manera estaría impidiendo el ejercicio de una garantía fundamental cuál es la impugnación. Refieren que en contraposición el art. 220 del CPC, establece como norma general con un plazo de impugnación de diez días, plazo razonable que garantiza el ejercicio del derecho pro actione.