Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0554/2012-CA
Fecha: 08-May-2012
II.5. Análisis del caso concreto
De la revisión de antecedentes se puede colegir que dentro del proceso de interdicto de adquirir la posesión seguido por Demilio Mamani Cusi y Yola Choquetarqui de Mamani, se dictó Auto de 28 de julio de 2009 (fs. 17 vta.) mediante el cual se declara ejecutoriada la Resolución 137/2009 para que los ahora incidentistas restituyan la superficie, adquiriendo la calidad de cosa juzgada; y en apelación ante el superior en grado se dictó el Auto de Vista de 20 de agosto del citado año (fs. 22 vta.), rechazado el mismo por haber sido interpuesto fuera de plazo.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- 3.
- II.5. Análisis del caso concreto
- antes de la ejecutoria de la sentencia
- APROBAR