AUTO CONSTITUCIONAL 0579/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0579/2012-CA

Fecha: 28-May-2012

II.2.  Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad

El recurso directo de nulidad, es una acción jurisdiccional de control de legalidad sobre los actos o resoluciones de las autoridades públicas, con la finalidad de declarar expresamente la nulidad de los actos invasivos o usurpadores de las competencias delimitadas por la Constitución y las Leyes, que operan como un mecanismo reparador a objeto de materializar la garantía contenida en el art. 79 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).

A su vez el art. 81 de la mencionada Ley, referido a la oportunidad de presentación de este recurso, establece que se interpondrá por el recurrente o por quien lo represente, dentro del plazo de treinta días, computables a partir de la ejecución del acto de la notificación con la resolución impugnada.