SENTENCIA CONSTITUCIONAL PluRINACIONAL 0124/2012
Fecha: 02-May-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que la autoridad jurisdiccional demandada lesionó los derechos de su representado a la libertad física y de locomoción, porque cuando se apersonó a su despacho para solicitar señale, día y hora de audiencia, a efectos que preste su declaración informativa policial, en virtud a que en dos oportunidades anteriores pidió lo mismo a la Fiscal asignada al caso, quien no dio respuesta alguna; y no obstante ello, en vez de fijarle el verificativo peticionado, dispuso que la instancia fiscal preste un informe en el plazo de cuarenta y ocho horas. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Juez de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.