Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0218/2012
Fecha: 24-May-2012
denegó
La Jueza Segunda de Sentencia en suplencia legal de su similar Primero del departamento de La Paz, por Resolución 05/2012 de 4 de abril, cursante de fs. 22 a 23, denegó la acción de libertad, porque la misma fue interpuesta sin haber agotado el recurso ordinario otorgado por la Ley 1970 de 25 de mayo de 1999, y además observa que en el acta de audiencia de medidas cautelares no se advierte que el imputado, mediante su abogado abría reclamado la ilegalidad de los actos que hubiese cometido el representante del Ministerio Público al momento de su arresto después de las ocho horas.
- I.1.1.
- I.2.1. Ampliación de la demanda
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El Derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- a)
- III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR