Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2012
Fecha: 29-May-2012
II.2.
II.2. Mediante Resolución 655/2010 de 16 de diciembre, el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal en suplencia legal de su similar Octavo, dispuso la detención preventiva de los imputados en el penal de “San Pedro”, al existir suficientes indicios sobre la existencia del hecho y la probable participación de los encausados y al concurrir el peligro de obstaculización descrito por el art. 234 numerales 1, 2, 4 y 10 del CPP (fs. 15 a 18).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.2.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- procede la excepción de sanción cuando se demuestran dichos vínculos con el autor principal del delito, en el caso presente, la recurrente al solicitar la excepción ha cumplido con tal requisito, pues la resolución que le niega la solicitud no desvirtúa el vínculo alegado por un lado
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º Dispone