AUTO CONSTITUCIONAL 0076/2012-RCA
Fecha: 01-Jun-2012
, a los requisitos de admisión
Ahora bien, con el objeto de establecer un acceso eficaz y oportuno a la justicia constitucional, corresponde precisar cuales son los requisitos de admisibilidad de forma y contenido que rigen a la acción de amparo constitucional; que deben ser cumplidas necesariamente por el accionante para que esté a derecho; en ese sentido, se tiene como requisitos de forma los numerales 1, 2 y 5 del precepto jurídico precedentemente desglosado, corresponde aclarar que estos requisitos al ser de índole formal son de carácter subsanable, ya que no hacen al contenido de la demanda. Estableciéndose como término de subsanación el plazo de cuarenta y ocho horas, computable a partir de la notificación al o los accionantes.