AUTO CONSTITUCIONAL 0076/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0076/2012-RCA

Fecha: 01-Jun-2012

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 27 de enero de 2012, cursante de fs. 24 a 27 vta., la accionante refiere, que el 9 de junio de 2010, interpuso Recurso Jerárquico contra la Resolución Administrativa (RA) 130/2010 de 31 de mayo, pronunciada por el Sub Alcalde del macro distrito 1 de Cotahuma, dependiente del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, por el cual confirma la Resolución Administrativa 095/2010 de 27 de abril, que dispuso la clausura definitiva del establecimiento Whisquería “champagne” de su propiedad, por haber incurrido en la infracción señalada en el art. 39.I.10, referente a extender bebidas alcohólicas sin registro sanitario, conforme al texto ordenado de las Ordenanzas Municipales (OOMM) GMLP 178/2006, 363/2006, 490/2009 Reglamento Municipal para Establecimientos de expendio de alimentos y bebidas alcohólicas.

Asevera que, conforme se tiene el cargo de presentación, el 9 de junio de 2010 interpuso el Recurso Jerárquico y refiere que el art. 67 de la Ley de Procedimiento Administrativo, regula el procedimiento de las autoridades administrativas para sustanciar y resolver este tipo de trámite que es de 90 días, misma que se computa desde la presentación del recurso jerárquico; vencido el plazo, el recurso se tendrá por aceptado y en consecuencia revocado el acto recurrido, bajo responsabilidad de la autoridad pertinente, empero refiere que por decreto de 5 de diciembre de 2011, radica el recurso y el 7 de diciembre del mismo año, el Alcalde del Gobierno Municipal de La Paz, pronuncia la Resolución Jerárquica 573/2011 de 8 de diciembre, es decir fuera del plazo que previene dicha norma legal, emitiéndose después de 182 días.