Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0088/2012-RCA
Fecha: 18-Jun-2012
rechazo in límine
En el caso de autos, el Tribunal de garantías, por Resolución 139/2012 de 11 de mayo, declaró el rechazo in límine de la acción bajo el argumento de que en la presente acción de amparo constitucional se debe fijar con precisión la tutela que se solicita; de antecedentes se colige que, el accionante cumplió con todos los requisitos previstos en el art. 77 de la LTCP, puesto que fijó con precisión la tutela que se solicita para restablecer los derechos o garantías restringidos, suprimidos, amenazados o vulnerados, además de existir la relación de causalidad que necesariamente debe darse entre los hechos, los derechos y garantías vulnerados y la petición.