AUTO CONSTITUCIONAL 0592/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0592/2012-CA

Fecha: 11-Jun-2012

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Por memorial presentado el 15 de junio de 2009, cursante a fs. 107 a 110 vta., la recurrente solicita promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, dentro del Proceso Disciplinario de la Policía Boliviana “4328/08” a denuncia de Elena Vera Maldonado, Nirvardo Vera Maldonado, Juan Carlos Calderón Vera y Mikaela Calderón Vera, la incidentista refiere que al fallecimiento de sus padres, en especial de su madre es beneficiaria de un acervo hereditario y exclusivamente de un terreno de 12 has., ubicado en la localidad de Palos Blancos Alto Beni. Indica que meses después del fallecimiento de su madre con el consentimiento de sus hermanos se transfirió a terceros 1 ha., y al existir desacuerdo en la distribución del valor entre los hermanos se dejó sin efecto la venta y se devolvió el dinero. Manifiesta que dos hermanos mayores y sobrinos le iniciaron una acción penal por el delito de estelionato.

Refiere, que al haberse procedido al archivos de obrados del caso 822/08 de 5 de enero de 2009, ya no pueden volverla a juzgar y procesar ante el Tribunal Disciplinario Superior, pues conforme señala el art. 2 de la RS 222266, los delitos tipificados en el Código Penal, corresponde a la justicia ordinaria, y no se puede aplicar al proceso disciplinario por no constituir falta grave o leve en el ejercicio de sus funciones.

Concluye manifestando que se pretende aplicar el art. 129 de la mencionada Resolución; en consecuencia, pide se declare la inconstitucionalidad de los  artículos demandados, por ser contrarios al derecho de no sufrir violencia física, sexual o psicológica, a la garantía de la presunción de inocencia, al debido proceso, disponiendo su expulsión del ordenamiento jurídico procesal.