AUTO CONSTITUCIONAL 0609/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0609/2012-CA

Fecha: 15-Jun-2012

rechazó

Por Auto Administrativo de 14 de mayo de 2010, cursante de fs. 5 a 9, pronunciada por el Director Ejecutivo de la ABT, rechazó la solicitud de interponer el incidente de inconstitucionalidad, con los siguientes argumentos: a) Recalca que el art. 95.IV del DS 24453, establece la prohibición del almacenamiento, procesamiento y comercialización de productos forestales que no se encuentren amparados por el certificado de origen, autorizado por la autoridad correspondiente; b) La Ley Forestal fue reglamentada por el Decreto Supremo ya referido en líneas superiores, teniendo vigencia por más de “trece” años, por tanto el recurrente desconoce la potestad constitucional de reglamentar leyes, motivada por la misma Ley Forestal y reglamentada por el entonces Poder Ejecutivo, que es decisión del Legislativo dejar los aspectos más particulares y mudables al poder ejecutivo para que ordene materias mediante norma reglamentaria, que son más flexibles y adaptables a la realidad; y, c) Los artículos impugnados constituyen un resguardo para el régimen forestal, su desconocimiento conllevaría a la inseguridad jurídica, ya que en aplicación de estos preceptos se decomisó productos forestales ilegales que no contaban con el respaldo correspondiente; es decir, con sus certificados forestales de origen.