AUTO CONSTITUCIONAL 0611/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0611/2012-CA

Fecha: 15-Jun-2012

Fragmento 4

Por Resolución de 29 de mayo de 2012 cursante de fs. 61 a 66 vta., los Magistrados de la Sala Primera Liquidadora del Tribunal Agroambiental, rechazaron la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta estableciendo: 1) Cumple parcialmente con los requisitos esenciales que debe contener la acción de inconstitucionalidad concreta, que se encuentran establecidos en el art. 109 de la LTCP, acusando de inconstitucionalidad el Reglamento de la Ley 1715 modificada por la Ley 3545 de Reconducción comunitaria de la Reforma Agraria, empero no expresa de manera clara y positiva los preceptos constitucionales que se consideran infringidos, 2) De manera confusa hace mención a los arts. 13, 24, 109, 115, 119, 178 y 410 de la CPE, pero sin acusar claramente los preceptos constitucionales que se consideren infringidos; y, 3) El accionante es un tercero interesado y no es parte del proceso contencioso ni del proceso de saneamiento.