SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0386/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0386/2012

Fecha: 22-Jun-2012

III.3. Análisis del caso concreto

En el caso de examen, con los fundamentos expuestos en la demanda, el accionante solicitó se conceda la tutela, ordenando la libertad inmediata de Fernando Vargas Medina porque se estaría vulnerando el derecho a la libertad de su representado, puesto que el mismo al momento de interponer la presente acción continuaba aprehendido a pesar de que el Fiscal había emitió el requerimiento de 9 de abril de 2012, estableciendo que Fernando Vargas Medina continúe en libertad; no obstante, dicho requerimiento no fue ejecutado de manera inmediata por el Director Departamental demandado, sino más bien horas más tarde.

De la documentación que informa los antecedentes del expediente, se tiene que el 20 de septiembre de 2011, en oficinas de la FELCC, Rony Heredia García presento denuncia verbal contra el representado del accionante por el delito de estafa y otros, ante lo cual y por ser necesaria la presencia de Fernando Vargas Medina, el 16 de marzo de 2012, el Fiscal Lider Justiniano Velasco emitió orden de aprehensión en su contra la cual fue ejecutada el 9 de abril de 2012, a horas 10:30. Al efecto si bien en la presente acción no se dio aviso alguno de investigación al juez cautelar de turno, existe una vinculación del representado del accionante con  la presunta comisión de un delito  (denuncia de 20 de septiembre de 2011), resultando por ello aplicable a la presente problemática la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.2; en tal sentido, el accionante antes de interponer la presente acción debió acudir a la justicia ordinaria, situación que conlleva a que la presente acción sea denegado sin que se realice el análisis del fondo de la presente problemática, puesto el accionante acudió  de manera directa a la vía constitucional.