SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2012

Fecha: 22-Jun-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 30 de enero de 2012, la accionante pidió cesación a su detención preventiva, misma que por decreto de 31 de enero de 2012, la jueza Valeria Salas Hurtado fijó audiencia para el 15 de marzo del mismo año; es decir, después de cuarenta días, vulnerando el principio de celeridad, y olvidando el trámite que debe darse audiencias en las cuales se encuentra comprometido el derecho a la libertad.

Asimismo, el representante sin mandato hizo una exposición de normas constitucionales, a las cuales tituló como “FUNDAMENTOS DE DERECHO”, también citó jurisprudencia constitucional referida a la petición de cesación de detención preventiva. Considerando lesionado el derecho de su representada a la libertad y a la dignidad humana.