AUTO CONSTITUCIONAL 0643/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0643/2012-CA

Fecha: 10-Jul-2012

a)

Por decreto de 2 de septiembre de 2009, cursante a fs. 3, se corrió en traslado el recurso y por memorial presentado el 16 de septiembre de 2009 (fs. 4 a 5) fue respondido por José Meruvia Villarroel en representación del Banco Bidesa S.A. en liquidación, con los siguientes argumentos: a) De acuerdo al art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el recurso indirecto o incidental de inconstitucional procederá en los casos en que la eventual resolución a dictarse dependa de la constitucionalidad o no de la ley o norma en cuestión, hecho que no ocurre en el presente caso; b) De la revisión de obrados, se evidencia que el proceso se encuentra en estado de ejecución de Sentencia, hecho que de acuerdo al art. 61 de la LTC, impide la presentación del recurso; y, c) Solicita se rechace in limine la solicitud de promover el Recurso.