AUTO CONSTITUCIONAL 0660/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0660/2012-CA

Fecha: 25-Jul-2012

II.4.  Análisis del caso concreto

De la revisión de obrados, se evidencia que la Autoridad del Juego, mediante Resolución Administrativa Regulatoria 09-00007-12 de 29 de junio, inició un proceso administrativo en contra del accionante, a raíz de un operativo efectuado el 28 de marzo de 2012, resultado del cual, emitió la Resolución sancionatoria 10-00005-12 de 17 de mayo de 2012, de fs. 140 a 151, en la cual estableció la comisión de la infracción grave prevista en el “inciso c) del numeral 2 del parágrafo I” de la Ley 060, por haber desarrollado actividades de juegos de azar sin licencia, procediendo al decomiso de sus máquinas, y la imposición de una multa de UFV's 1 280 000.-(un millón doscientos ochenta mil unidades de fomento a la vivienda) por un total de 256 aparatos de juego, otorgándole el plazo de tres días para el pago de la multa, y el derecho de hacer uso del recurso de impugnación de la mencionada norma dentro los diez días hábiles.

En ese marco, expone una duda razonable respecto a la constitucionalidad de los artículos observados, señalando las razones por las cuales considera que son contrarios al texto constitucional. Asimismo, refiere a la vinculación de los preceptos cuestionados con los derechos fundamentales presuntamente lesionados, concretamente el derecho a la doble instancia y a la defensa.

Por último, explica la relevancia que tendrá la disposición legal impugnada con la decisión que deba adoptar la autoridad administrativa, señalando al respecto que, dicha norma, al condicionar el acceso a una segunda instancia, se convierte en determinante para aquella autoridad, que no podrá asumir decisión alguna sin que previamente se establezca la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la resolución impugnada.