AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2012-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2012-O

Fecha: 26-Jul-2012

revocatoria

Consecuentemente de lo alegado anteladamente, se evidencia que sí existieron medidas de hecho, cometidas por las autoridades demandadas, por lo que corresponde conceder la tutela solicitada” (sic); determinando en la parte resolutiva la revocatoria de la Resolución pronunciada por el Tribunal de garantías; y en consecuencia, se concedió la tutela solicitada de manera provisional, únicamente respecto a las acciones de hecho asumidas por el Gobierno Autónomo Departamental de Oruro, mientras se resuelva el interdicto de adquirir la posesión que se encuentra en trámite; b) El accionante a través del memorial de 16 de mayo de 2012, solicitó el cumplimiento de la SCP 0069/2012, bajo el argumento de que la misma le concedió la tutela solicitada; es decir, que: 1) Dejó sin efecto la posesión arbitraria de la Gobernación en los ambientes del “Cine Paláis Concert”; por lo que se debe proceder con la restitución y entrega del mismo, incluyendo los muebles materiales y equipos en su favor; y, 2) Dio curso al pago de daños y perjuicios; y, c) El Tribunal de garantías dando cumplimiento a la SCP 0069/2012, emitió el proveído de 17 de mayo de 2012, disponiendo: “Obsérvese la Sentencia Constitucional Plurinacional 0069/2012 de 12 de abril de 2012, en su contexto legal…” (sic), en el entendido de que en la parte dispositiva de la mencionada Sentencia Constitucional Plurinacional no se dispuso que la Gobernación proceda a la restitución y entrega de los ambientes del “Cine Paláis Concert” a favor del accionante, incluyendo los muebles, materiales y equipos; como tampoco determinó dar curso a ningún pago por daños y perjuicios.