Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0052/2012-RCA-SL
Fecha: 10-Sep-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El accionante considera restringidos sus derechos a la propiedad privada, a la posesión, al trabajo y a la “seguridad jurídica”; sin embargo, al haber sido rechazado in limine por el Tribunal de garantías, corresponde, a la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional.