SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1345/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1345/2012

Fecha: 19-Sep-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue designada como Directora General de Asuntos Administrativos del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, por la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de esta entidad, mediante Resolución Ministerial (RM) 075 de 5 de marzo de 2009, actividad en la cual se desempeñó con normalidad, hasta que “las nuevas autoridades”(sic), de ese Ministerio, tuvieron conocimiento de su estado de gestación, señalando que fue discriminada como mujer y por su situación de embarazo, sufriendo acoso y hostigamiento laboral, para conseguir su renuncia al cargo.

En este sentido, debido a su estado de embarazo y dado el delicado estado de salud en el que se encontraba, habiéndole extendido la Caja Nacional de Salud (CNS), certificado de incapacidad temporal; solicitó su baja por maternidad, mediante nota de 20 de mayo de 2010, indicando se aplique la misma a partir del 24 del mismo mes y año; asimismo, solicitó la designación de un reemplazante, petición que al no ser atendida, se tuvo que reiterar en dos oportunidades, mediante notas de 24 y 25 del citado mes y año; emitiéndose en consecuencia, la Resolución Ministerial (RM) 233 de 26 de mayo de 2010, en la cual se designó a Hugo Altamirano Ibarra, en el cargo de Director General de Asuntos Administrativos a.i. del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, señalando “mientras dure la ausencia de la titular” (sic).

El 9 de agosto de 2010, fue notificada con Auto Inicial de Proceso Sumario, dispuesto mediante Resolución 006/2010 de 5 de agosto, a fin de desvincularla de la institución con el referido proceso administrativo, el cual culminó con la emisión  de Auto Final de Proceso Sumario, y determinaron sancionarla con su destitución; por ello, contra la referida Resolución, presentó recurso de revocatoria, el cual fue resuelto mediante Resolución 011/2010 de 15 de septiembre, que ratificó la Resolución sumarial en su contra, en tal virtud, presentó recurso jerárquico, que fue resuelto mediante la Resolución Administrativa (RA) 003/2010 de 7 de octubre, que confirmó lo dispuesto en las resoluciones anteriores; emitiéndose la RM 550/2010 de 13 de octubre, que abrogó la Resolución 075 de 5 de marzo de 2009, por la cual se la designaba.