Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1444/2012
Fecha: 24-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, manifiesta que su derecho a la libertad fue vulnerado, toda vez que la autoridad demandada aplicó la sanción sin que ésa resolución haya adquirido calidad de cosa juzgada, por cuanto conforme prevé el art. 39 de la LCVF, la apelación tiene carácter suspensivo, de modo que debió diferirse el arresto hasta el pronunciamiento del Juez ad quem. En consecuencia, corresponde dilucidar si los extremos argumentados por la accionante dan lugar o no a la tutela solicitada.